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¿Quienes somos ?

El Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - Incoder, es una entidad vinculada al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, que se encarga de ejecutar y coordinar las políticas de desarrollo rural integral establecidas por el Gobierno Nacional. Su propósito es facilitar el acceso de las comunidades rurales a los factores productivos y bienes públicos, contribuyendo a mejorar su calidad de vida.

El Incoder es una entidad que nació en 2003, luego de que el Gobierno Nacional ordenara, por medio del Decreto 1300 de 2003, la supresión del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (Incora), del Instituto Nacional de Adecuación de Tierras (INAT), del Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural (DRI) y del Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura (INPA). El Instituto fue modificado posteriormente, mediante el Decreto 3759 de 2009.

 

Misión

Ejecutar políticas de desarrollo rural, en coordinación con las comunidades e instituciones públicas y privadas relacionadas con el sector agropecuario, forestal y pesquero, facilitando el acceso de los pobladores rurales a los factores productivos y sociales, para contribuir a mejorar su calidad de vida y al desarrollo socio-económico del país.

 

Visión

Para el año 2019, el INCODER será reconocido como la entidad líder en la ejecución de políticas de desarrollo rural de manera participativa ,competitiva, equitativa y sostenible.

 

Objetivos

1.     Promover la identificación y consolidación económica y social delas áreas de desarrollo rural mediante el apoyo técnico y financiero a programas de desarrollo productivo agropecuario, forestal y pesquero de propósito común, que permitan a los actores rurales de identificación de oportunidades que su realidad les ofrece y la concertación de las inversiones requeridas.

2.     Facilitar a los pequeños y medianos productores rurales el acceso a la tierra y demás factores productivos, promoviendo diferentes alternativas para el uso eficiente, racional y sostenible de los mismos.

3.     Gestionar y otorgar recursos de financiación, cofinanciación, subsidios, e incentivos para apoyar la ejecución de programas de desarrollo agropecuario y rural en los territorios en donde se establezcan áreas de actuación.

4.     Promover y adelantar actividades de difusión, capacitación, asesoramiento y acompañamiento, en relación con el acceso a los factores productivos, de tal manera que se logre instruir a la población beneficiaria respecto de sus posibilidades de actuación.

5.     Contribuir al fortalecimiento de la actividad pesquera y acuícola mediante la investigación, ordenamiento, administración, control y regulación para el aprovechamiento y desarrollo sostenible de estos recursos.

6.     Promover y ejecutar, directamente o a través de terceros de reconocida idoneidad, proyectos de adecuación de tierras, seleccionados conforme a los criterios de priorización establecidos en la Ley 41 de 1993 e impulsar a la organización de las asociaciones de usuarios.

7.     Consolidar los procesos participativos de planeación institucional, regional y local para la definición de programas de agropecuarios y de desarrollo rural, la identificación de iniciativas financiables, la concertación de las inversiones requeridas y el seguimiento y control de las mismas.

8.     Promover y adelantar actividades de coordinación inter e intrasectorial para la integración de las acciones en el medio rural, así como el fortalecimiento de las organizaciones departamentales y locales del Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural Campesino

 

 

 

Historia del incoder:

 

El Ministerio de Agricultura fue creado por la ley 25 del 8 de octubre de 1913 como "Ministerio de Agricultura y Comercio", por un proyecto de ley presentado al Senado por Rafael Uribe Uribe.El primer Ministro de Agricultura y Comercio fue Jorge Enrique Delgado, quien asumió las funciones el 7 de agosto de 1914, bajo la presidencia de José Vicente Concha.

El general Pedro Nel Ospina nombró Ministro de Agricultura a Antonio Paredes el 7 de agosto de 1922, pero la cartera fue suprimida el 31 de diciembre de 1923.La ley 100 de 1931 restableció el Ministerio de Agricultura y Comercio, pero esta solo pudo entrar en vigencia a partir de 1934 debido a la Guerra colombo-peruana.El Ministro nombrado por Enrique Olaya Herrera fue Sinforoso Ocampo quien debió reorganizar esta cartera.En esta época también se creó la Caja Agraria, la cual fue inicialmente una sección del Banco Agrícola Hipotecario, existente desde 1924.

Al asumir la presidencia Eduardo Santos en 1938 sancionó la ley 96 por medio de la cual fusionó el Ministerio de Industrias y Trabajo con el Ministerio de Agricultura y Comercio en el nuevo "Ministerio de Economía Nacional" y nombró como titular a Jorge Gartner.La institución permaneció nueve años hasta que la Ley 75 del 24 de diciembre de 1947 dividió el Ministerio de Economía en dos: Ministerio de Industria y Comercio y Ministerio de Agricultura y Ganadería.

Durante las décadas siguientes la población pasó a concentrarse en las ciudades. En 1960 se expidió la ley 135 que dio inicio a la reforma agraria creando el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (INCORA). Esta ley fue complementada por la ley 1 del 26 de enero de 1968.

La ley 101 del 23 de diciembre de 1993 estableció el desarrollo agrario y pesquero en el país de acuerdo con los artículos 64, 65 y 66 de la Constitución. En complemento a esta ley se dictó el decreto 1279 del 22 de junio de 1994 a través del cual se reestructuró el Ministerio de Agricultura y se le dio el nombre actual de "Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural".[]El Decreto 2478 de 1999 regula el funcionamiento del Ministerio, establece su organización actual y da pautas para el funcionamiento de las entidades y corporaciones adscritas

 

 

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Tierras entregadas de INCODER a campesinos en Colombia

 

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¿Qué dice el INCODER sobre la restitución de tierras?:
 

 

INCODER y la restitución de baldíos:
 

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Tomado de www.incoder.gov.co

Velasquez, luis; sf; Bienes 

Còdigo Civil Colombiano

Corte Costitucional 

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